sábado, 24 de noviembre de 2007

POLITICA PUBLICA / ELIZABETH MOYA SORIANO / LOCALIDAD RAFAEL URIBE.

Partiendo de que la Política Pública es un “conjunto coordinado de propósitos y objetivos, de medios y de acciones”1. La Política Publica nos permite como ciudadanas y ciudadanos defender nuestros derechos vulnerados de una manera coordinada y organizada a partir de nuestras necesidades; personalmente participe del lanzamiento de la Política Pública Distrital de Discapacidad PPDD a partir del Decreto 470 del 12 de Octubre del presente año; cuyo fin principal es el de inclusión social, equidad y participación favoreciendo la calidad de vida digna de los ciudadanos y ciudadanas con Discapacidad. El proceso de la PPDD se ha dado con la participación directa, representativa y con la preparación de grupos gestores para compartir sus necesidades y el querer ser más reconocidos por esta sociedad.
Siendo “la Política Pública una herramienta que diseña y pone en ejecución una sociedad para promover, defender y reivindicar o restituir nuestras derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos”2. En la población con discapacidad se evidencia claramente que la política pública les permite defender sus derechos vulnerados y de la misma forma defender en todos los aspectos su inclusión y como objetivo primordial el mejorar su calidad de vida. En esta PPDD se dan a conocer cuatro dimensiones: Dimensión de desarrollo de capacidades y oportunidades, Dimensión ciudadanía activa, Dimensión cultural y simbólica, Dimensión de entorno, territorio y medio ambiente. En las cuales manifiestan sus necesidades y nosotros como ciudadanos como podemos conocer más la discapacidad y estar dispuestos a incluirlos y aceptarlos más con sus habilidades y no con sus dificultades desde la educación, salud, ambiente, política y cultural.


1. Medina, Carlos. Bogotá cada vez más … nuestra. Ed. Kimpres. Bogotá. Colombia, 2007, pag 125.
2. Medina, Carlos. Bogotá cada vez más … nuestra. Ed. Kimpres. Bogotá. Colombia, 2007, pag.121.

Durante este proceso de construcción se priorizaron las necesidades de esta población, definición, dimensiones y lineamientos obteniéndose como resultado el proyecto de decreto de política pública de discapacidad y así mismo llegar a la revisión y aprobación para posteriormente el diseño de construcción del plan de acción y por último la socialización del decreto 470 del 12 de Octubre de 2007.
Con la PPDD los ciudadanos y ciudadanas discapacitados han dado un paso al ejercicio pleno de sus derechos exponiendo sus necesidades y que la ciudad y los ciudadanos sean los que brinden soluciones ante sus necesidades y faciliten la construcción del plan de acción y la interacción con el entorno cultural, social, económico, político y ambiental. Se espera que en la construcción del plan de acción sea mas participativo e incluyente para los discapacitados y las personas que están directamente relacionadas y comprometidas con esta población: cuidadores, ciudadanas – ciudadanos discapacitados y profesionales de las diferentes áreas terapéuticas y pedagógicas que conocen sus necesidades y a su vez han tenido que abrir espacios mas incluyentes para esta población con procesos de sensibilización donde se vea la necesidad de que todas y todos estén en capacidad de estar abiertos ante los requerimientos que demandan esta población. Para contribuir con una mejor calida de vida con niñas - niños de 0 a 5años aprovechando al máximo una estimulación temprana, centros más especializados y adecuados a requerimientos en estructura física y recurso humano, sensibilización y abordaje de las ciudadanas y ciudadanos con discapacidad por estudiantes de diferentes áreas de la salud y educación para un mejor reconocimiento de la discapacidad. Todos y todas están en la obligación de reconocer la diversidad, potencialidades, capacidades y talentos de las personas con discapacidad de tratarlas y exigirles como a otra persona, facilitando la inclusión y el respeto por sus derechos. Falta mayor divulgación por parte de los medios masivos para que la ciudad de Bogotá incluyente, participativa, productiva, como sistema y realidad social se apropie de la PPDD y por ende sea más reconocida la construcción del plan de acción y el inicio de un nuevo camino, para las ciudadanas y ciudadanos con discapacidad.

El Problema de Ver la Ciudad *Sociedad* Como un Sistema *Estructura* / Johana Viafara

Basado en:
“el problema de las regulaciones en el organismo y la sociedad”
Canguilhen, George (2004) “escritos sobre la medicina” en buenos aires: Amorroirtu editores[1]
La idea errónea para mí de ver a la sociedad como un sistema como lo dice el texto:
“la ciudad es una organización particular de interacciones entre individuos, grupos e instituciones en un espacio físico determinado el funcionamiento de estas interacciones esta en el núcleo de la comprensión del fenómeno de aglomeración, no solo de seres humanos y comunidades sino lo que es lo esencial, de relaciones e interacciones sociales complejas, que se expresan en lo económico, social, político, cultural y emocional “
Primero comenzare por describir la estructura social a medida que la historia avanza y los nuevos conceptos la estructura social, se define como un conjunto de formas en que grupos e individuos se organizan y relacionan entre sí y con los distintos ámbitos de una sociedad.

En sociología, la estructura es un instrumento para analizar la realidad social y para nosotros los trabajadores sociales aunque no seamos sociólogos también debemos analizar la realidad social.
El concepto de estructura tiene una larga evolución. Ya se utilizaba en el siglo XVII en el campo de la historia natural para hacer referencia a las relaciones entre las partes de un todo. El término se usaba en anatomía, pero en el siglo XIX se trasladó a la sociología como consecuencia del empleo de ciertos términos orgánicos por los pensadores de la época (Auguste Comte, Karl Marx y Herbert Spencer). El teórico social inglés Herbert Spencer estableció el paralelismo entre la organización y evolución de los organismos biológicos, y la organización y evolución de las sociedades. La sociedad, considerada como un “organismo vivo”, podía ser dividida en partes ordenadas y diferenciadas. Para Spencer, la estructura social sería la “trama de posiciones e interrelaciones mutuas mediante las cuales se puede explicar la interdependencia de las partes que componen la sociedad”.
El sociólogo estadounidense Talcott Parsons elaboró su teoría del sistema y organización social en términos de estructura y función: la estructura, según Parsons, comprende los elementos del sistema relativamente constantes y estables, que serían: los roles (padre, maestro, etc.), las colectividades (familia, partido político, fábrica, etc.), las normas (los modelos) y los valores.[2]
Si de esta manera vemos a la sociedad como una estructura caemos en un error al decir que es un organismo y aun más grave que se regula o que funciona igual que este.
Pero también viendo la desde otro punto de vista no es propiamente un organismo sino más bien una organización que es diferente pero por la similitud de las palabras entonces una persona que no se detenga a analizar vera a la sociedad de una manera errónea. Así mismo cuando tratamos de igualar las ciencias naturales con las sociales el que tanto un organismo vivo con vida natural y una sociedad también con una vida pero de manera diferente es decir no es la vida natural sino propia y construida mediante la interacción de personas y su entorno pues esta si tiene sistemas que actúan y órganos dentro de cada una de estas que permiten que se dé una solamente superficial en cuanto a la organización del entorno ; estas afirmaciones anteriores no quieren decir que no haya cierto parecido pero lo realmente importante es que en cuanto a la medicación como lo dice el autor no es lo mismo dar solución o respuesta a una determinada problemática en un organismo vivo que en una sociedad aunque he ahí otra de las similitudes que nos hacen caer en el error al momento de dar un veredicto sobre la igualdad en la regulación entre el organismo y la sociedad pues a las dos parecen ser medicadas en el mismo procedimiento que definiré en cuatro pasos ; el estudio de por qué la problemática, el diagnostico que es el veredicto de por qué se da este problema, procedimiento es cuando se aplica una medida para solucionar el problema y por último la evaluación que se realiza en todo el proceso de medicación.
Ya habiendo examinado la cuestiones erróneas de llamar a una sociedad organismo pasare a mostrar cual es la verdadera esencia de la diferencia; aquí debemos ver que entren estos dos hay leyes biológicas y sociales respectivamente y que además los problemas a regular en el organismo son relacionados con la salud o bienestar corporal o afectivo en cambio la sociedad hay una serie de males que son obligados a regularse. El autor del texto de la regulación dice que hay una ética que van unidas a unas leyes y que estas existen porque existe tanto la sociedad como el organismo.
Paso a ver el papel de los trabajadores sociales en mi caso como estudiante para nosotros trabajar en intervención ya sea caso individuo y familia, grupo o comunidad debemos llevar a la practica una medicación antes mencionada con estos cuatro pasos al igual que lo hace un medico con un paciente según mi experiencia con los médicos me lo permiten percibir.
Es importante que todas la sociedades no son las mismas y que así trabajemos en Colombia pero en diferentes partes de esta veremos íntimamente el funcionamiento de la sociedad con respecto a sus costumbres, creencias , estilos y modos de vida que es la cultura que por lo general mueve a la gente para realizar actos sociales y de una u otra manera se ve pues las personas actúan para que las sociedad los premie y felicite por sus buenos actos por ser un modelo “ético” y moral para los diferentes miembros de la sociedad tal vez lo que mueve a actuar a las personas es esencialmente la reciprocidad que le permite dar pero esperando recibir a cambio ya sea bienes o servicios o simplemente elogios por parte de el resto de los individuos pero esto cambia según el tiempo, lugar y estructura de la sociedad que estemos interviniendo por esto es vital ver la sociedad y no solo esta sino todos las problemáticas desde todos los puntos de vista pues así nos permite tener una visión más completa de todas las cuestiones.
En síntesis, la idea de ver la sociedad o la ciudad como un sistema no es lo más apropiado, pues esta cambia al igual que su regulación y manera de ver.
[1] “el problema de las regulaciones en el organismo y la sociedad”, Canguilhen, George (2004) “escritos sobre la medicina” en buenos aires: Amorroirtu editores
[2] Microsoft ® Encarta ® 2007. © 1993--2006 Microsoft Corporation. Reservados todos los derechos.

EL SUEÑO BOGOTANO / ANA LEONOR PICO GALVIS / Localidad Tujuelito


Bogotá, ciudad de los niños y las niñas, de los jóvenes y las jóvenes, de los
viejos y las viejas, de todos y de todas, ciudad incluyente………..ciudad
incluyente?
Nuestra capital colombiana ha ido creciendo de una forma realmente
incontrolable en los últimos años; cada vez son más las familias que por
diferentes factores vienen buscando un pedacito donde acentuarse en esta
enorme y “acogedora” ciudad.
“Nos vamos para la capital”, dicen los que después de pasar incontables hojas
de vida buscando un empleo para poder seguir estudiando en la universidad o
para mantener a su familia, y no logran conseguir nada aceptable, deciden
aventurarse en lo que podría llamarse “el sueño bogotano”. A veces, apoyados
por los primos lejanos que habían tenido la valentía años atrás de tomar la
misma decisión; otros apoyados por el primo del amigo del tío, pero todos en
busca de un mejor futuro.
Pensando en las familias que ya luchan desde generaciones atrás por estar
mejor, pensando en las familias que llegan desde los diferentes rincones de
nuestro país, todas familias bogotanas, el distrito capital se ha propuesto
promover acciones que permitan tener en cuenta a los miembros de las
familias que comparten el mismo sueño: al abuelo, al papá, a la mamá, al
joven, a la niña, al bebé e incluso al que está por nacer, para intentar
solucionar sus problemas y hacerle frente a sus necesidades.
Al revisar los proyectos que desarrolla la Secretaría Distrital de Integración
Social, promotora de este diplomado (valga la cuña), encaminados a mejorar la
calidad de vida de las personas, podemos pensar en que se está teniendo en
cuenta las diferentes poblaciones: niñez, jóvenes, adulto, persona mayor y
familia. Igual se puede pensar de los esfuerzos de la Secretaría de Educación
Distrital, con su programa "Bogotá: una Gran Escuela", donde busca dar
cobertura educativa a niños, niñas y jóvenes en edad escolar, con una
educación de calidad, fortaleciendo la educación pública con programas
específicos. Sólo por mencionar dos de las Secretarías.
Parecería lo anterior, una propaganda abierta a la administración distrital, pero
no. Es una ojeada a las acciones que se están desarrollando, en pro del
bienestar de las personas que cobija nuestra ciudad, para poder pensar en que
Bogotá es o no una ciudad incluyente. Lo es, aún no lo podemos afirmar, pero
procura serlo, si, sin duda procura serlo.
Continuar con estos y tantos otros planes, programas, proyectos, permitirá en
un futuro, espero no muy lejano, afirmar que Bogotá es una ciudad incluyente.
Trabajemos todos unidos, apoyemos y fortalezcamos el desarrollo de procesos,
seamos veedores de estos, procuremos que se alcancen los objetivos y metas
planteadas para el bienestar y el mejoramiento de la calidad de vida de las
familias bogotanas, para que podamos alcanzar “el sueño bogotano”.

LOS DERECHOS DEL NIÑO / JACQUELINE MANZANO B.

¿Cuáles son los derechos del niño y como se han reconocido en Colombia?

Los derechos fundamentales de los niños, hacen referencia a la vida, la integridad física, la salud, la seguridad social, la sana alimentación, un nombre y una nacionalidad, a tener una familia y no ser separados de ella, a el cuidado y el
amor, a la educación, la cultura, la recreación, la libre expresión de su opinión y a ser protegidos, contra toda forma de abandono, de violencia física o moral, del secuestro, de la venta, del abuso sexual, de la explotación laboral o económica y del sometimiento a trabajos riesgosos; y es obligación de La familia, la sociedad y el Estado velar y proteger al niño para garantizar su desarrollo armónico e integral.

La Constitución, Nacional retoma en su Artículo 44 los principios básicos de la Convención Internacional de los Derechos del Niño, convertida en Ley de la República por la Ley 12 de 1991, y establece la corresponsabilidad de la familia, el Estado y la sociedad en general frente a la protección de la infancia.

El estado colombiano, como todos los estados del mundo, y en representación de sus ciudadanos, ha aceptado que los niños además de ser titulares de los derechos que tienen todas las personas, establecidos en las diferentes declaraciones de Derechos Humanos, las constituciones y las leyes, gozan de una protección específica a sus derechos, acorde con las necesidades propias de su proceso de Crecimiento y Desarrollo, que busca garantizarles unas condiciones de existencia dignas. Sin embargo, la realidad cotidiana muestra que niños y niñas no son vistos por los adultos como sujetos de derecho y por el contrario, con alta frecuencia sus derechos son vulnerados, tanto en la vida familiar, como en la vida social. Son ellos quienes más se ven afectados por la exclusión social, la pobreza, la violencia, las guerras y otras duras realidades que viven el país y el mundo.

Hoy el marco normativo de los Derechos de los Niños, comprende tanto la Convención como una serie de desarrollos anteriores y posteriores como: Los convenios de La Haya sobre adopciones; el Convenio 182 de la Organización Internacional del Trabajo sobre las peores forma de trabajo infantil; el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la Venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía; el Protocolo
Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la Participación de Niños en los conflictos armados y el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente Mujeres y Niños, entre
otros.

La Convención y demás desarrollos en torno a los derechos de los niños reflejan
una nueva perspectiva en torno a los niños, ellos no son propiedad de sus padres
ni tampoco beneficiarios indefensos de una obra de caridad. Son seres humanos,
individuos miembros de una familia y una comunidad, con derechos y responsabilidades adaptados a la etapa de su desarrollo. La niñez y la adolescencia no son etapas de preparación para la vida adulta, si no momentos de la vida, formas de ser persona y tienen igual valor que cualquier otra etapa de la vida. Son etapas de desarrollo progresivo de la autonomía personal, social y jurídica, no fases de subordinación a los padres o a otros adultos.

Hay un cambio conceptual que se ha planteado como el paso de la consideración
de las necesidades a la de los derechos, lo que implica un cambio de mirada en la
relación del Estado y los adultos con la niñez. En lugar que los niños sean vistos
como receptores o beneficiarios de la asistencia social, son concebidos como sujetos de derecho frente al Estado y la sociedad, personas a la que se les reconoce el derecho a ser protegidos integralmente en su desarrollo y frente a los
cuales existen obligaciones muy concretas y específicas.

Otra característica fundamental del enfoque de los derechos humanos aplicado a
los niños, es mirar de una manera diferente las relaciones de los niños con la familia, la sociedad y el Estado. Estableciéndose derechos y deberes recíprocos
para los padres, la sociedad, el estado y los mismos niños. Dentro de esta visión, se subraya y defiende la función de la familia en la vida de los niños, eso si, en el marco de unas relaciones más igualitarias a su interior.

La Convención dice en su preámbulo, "la justicia y la paz en el mundo se basan en el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana".
Esta nueva mirada: ética, jurídica y política se constituyó en uno de los cambios más trascendentales del siglo XX y permite vislumbrar un siglo XXI con nuevas perspectivas, donde la humanidad de ahora sí da a sus niños lo mejor de si.

Los Derechos de los Niños están sustentados en una serie de principios que constituyen un marco general esencial para su comprensión y aplicación, la mayor
parte de ellos están incorporados a la Convención. Entre estos principios están:

• Igualdad- Universalidad-No discriminación

Estos 3 principios están íntimamente relacionados. Como en todos los instrumentos de Derechos Humanos, se establece una titularidad universal, lo que quiere decir que todo sujeto en desarrollo (niño o niña) por el solo hecho de existir y desde el momento de su nacimiento, en cualquier lugar del mundo donde se encuentre, es titular de todos los derechos establecidos. Se prohíbe expresamente
la discriminación por cualquier causa o característica tanto del niño como de sus
padres, tutores o familiares; como la raza, el sexo, la condición social o económica, el credo, la ideología, la lengua o el origen nacional.

Todos los niños y adolescentes son iguales en su calidad de personas titulares de
los derechos y en su ejercicio y restablecimiento. Todos son igualmente dignos y
así mismo tienen las mismas responsabilidades y el mismo derecho a la libertad y
la autonomía progresiva.

El planteamiento de los derechos de los niños busca además romper una discriminación histórica, la que se da por causa de la edad, que ha hecho que los
más jóvenes sean de los grupos menos aventajados y no se les reconozcan los derechos establecidos para todas las personas, que en la práctica son generalmente asumidos como derechos de los adultos.

La exigibilidad de los derechos es igualmente universal: Todos y cada uno de los derechos son exigibles, sin ninguna discriminación, tanto por parte de los niños como del resto de la sociedad. Ahora, la no discriminación exige una igualitaria protección de los derechos de los niños, atendiendo a sus particularidades, lo que
lleva a que deben desarrollarse estrategias de protección y compensación para los
niños que se encuentran en mayor vulnerabilidad, con el fin de asegurar la igualdad de oportunidades en el acceso a los derechos.

Un medio privilegiado que establece la Convención para el logro de la igualdad es
el derecho a la educación, cuyos fines van dirigidos a el desarrollo integral de las
capacidades del niño y a "preparar al niño para asumir una vida responsable en una sociedad libre, con espíritu de comprensión, paz, tolerancia, igualdad de los sexos y amistad entre todos los pueblos, grupos étnicos, nacionales y religiosos y personas de origen indígena", con lo que se busca que las nuevas generaciones asuman la igualdad y la no discriminación como valores éticos centrales, rompiéndose el círculo de inequidad e intolerancia que tanto contribuye a que no
se respeten los Derechos Humanos.

Otra forma de asumir el principio de igualdad, es que los derechos se ejerzan en
igualdad de oportunidades, como lo explicita la Convención derechos como el de
la educación, en el que establece un nivel mínimo al que deben tener acceso todos los niños, así como la posibilidad de acceder a niveles educativos superiores.

• Interés superior del niño
Desde antes de la firma de la Convención, venía creciendo en el mundo la aceptación del planteamiento de que los niños deben ser sujetos privilegiados en la sociedad, lo que se vio reflejado en la conocida expresión “los niños primero”. Esto es lo que retoma la Convención cuando plantea el principio del interés superior del niño. El interés superior del niño, cuyo contenido se ha ido desarrollando en la medida en que se avanza en el tema de los derechos, no es otra cosa que una forma de expresar que no puede haber un interés superior a la vigencia efectiva de los derechos del niño y que ni el interés de los padres, ni el de otros adultos, ni el del Estado, puede ser el prioritario, cuando se toman decisiones que afectan a los niños.

Es importante aclarar que el principio no está formulado en términos absolutos y
que dado que los derechos de los niños no se ejercen aisladamente de los derechos de otras personas, este interés no es excluyente, sino que existe un criterio de prioridad. No se pretende confrontar con los derechos de otras personas, sino que es un elemento mediador en estas tensiones, estableciendo que las cosas se deben prioritariamente resolver de la manera que sea más favorable a los niños.

Este principio es de una gran amplitud y obliga a nivel macro tanto al poder judicial, como al ejecutivo y al legislativo y a nivel micro a todas las autoridades e instituciones públicas y privadas, a los padres y a las personas responsables del cuidado de los niños.

Este principio se convierte en norma en caso de los conflictos jurídicos (los fallos
deben ser los que más favorezcan la vigencia de sus derechos), en una orientación política en la formulación de políticas públicas o acciones del estado y
en la asignación del gasto público (hay que tomar prioritariamente las medidas que
promuevan y protejan los derechos de los niños) y en una guía para las decisiones
que tomen padres, tutores y cuidadores (las relaciones paternales y el cuidado de
los niños se deben orientar de acuerdo con su interés superior, estando el ejercicio
de la autoridad limitado por éste). Visto de otra manera significa que no existe ninguna justificación valedera para que el Estado, la sociedad o la familia incumplan o violen los derechos de los niños. Este principio se complementa con el derecho del niño a expresar su opinión o punto de vista, en todos los asuntos que le afecten. Los niños tienen el derecho a opinar sobre qué es lo que más les conviene.

• Autonomía
En contraposición al argumento tradicional en nuestras culturas de que los padres
y demás adultos tienen todo el poder sobre los niños, porque ellos carecen de autonomía, este principio dice que los niños desarrollan una autonomía progresiva
en el ejercicio de sus derechos, acorde con la evolución de sus facultades.
Los padres no tienen entonces poderes ilimitados, sino funciones delimitadas que buscan lograr el ejercicio autónomo progresivo de sus derechos por parte de los niños. Como se dijo anteriormente, los derechos de los padres no son absolutos, sino que están limitados por los derechos de los niños y por el interés superior de ellos.
La autonomía progresiva en el ejercicio de sus derechos se constituye en el marco
para entender las funciones del Estado y la familia en la promoción del desarrollo integral del niño. La crianza y la educación se deben entonces orientar hacia el logro de esta autonomía progresiva.
Este principio es clave al entender la responsabilidad especial de los adolescentes
ante la ley penal o el reconocimiento de los derechos de participación y libre expresión.

• Participación
El principio de la participación significa que los niños son participantes activos en
el ejercicio de sus derechos y no receptores pasivos de los mismos. Ellos tienen el
derecho a ser escuchados y tenidos en cuenta, así como a expresar libremente su
opinión sobre el ejercicio de sus derechos y sobre la vida personal, familiar y social.

• Corresponsabilidad
Como lo dice la Constitución Nacional “la familia, la sociedad y el Estado tienen la
obligación de asistir y proteger al niño para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos”. Los tres son corresponsales activos y complementarios en el respeto de los derechos de los niños.
La responsabilidad fundamental de la familia como nicho protector básico en respetar los derechos de los niños y formar en una cultura de respeto de los derechos de los demás, se ve complementada por la responsabilidad social (de la
sociedad entera) de generar espacios de democracia donde se permita el pleno desarrollo de los niños y la de las instituciones del estado de complementar a los dos anteriores en sus funciones e intervenir cuando es preciso defender los derechos de los niños, ya sea porque la familia y la sociedad no tienen la capacidad o no cumplen sus funciones, o porque estos han sido vulnerados, sea por la misma familia o por otros miembros de la sociedad.

• Integralidad
Los niños son seres integrales socio-sico-biológicos, son los adultos encargados de su atención quienes los miran fragmentadamente. Sus necesidades también son integrales, no se puede aislar su necesidad de afecto o protección, de su necesidad de alimentación, cuidado o reconocimiento.
Los derechos son igualmente integrales e interdependientes. Que se respete el derecho a la salud o a la educación, que es en lo que han avanzado la mayor parte de estados, no es suficiente para la vigencia plena de los derechos, la función del estado tiene que ir mucho más allá. Igualmente la función de la familia
no se limita a garantizar el derecho a la comida, al vestido o a la educación, sino que va también mucho más allá.
Derivado de lo anterior, las intervenciones dirigidas al respeto de sus derechos también deben ser integrales, más cuando alguno o varios de ellos han sido vulnerados. Esto exige estrategias interdisciplinarias, coordinaciones ínter programáticas e intersectoriales, así como coordinación entre la sociedad civil, el sector privado y el sector oficial, con objetivos comunes.
Surge entonces el concepto de protección integral, que dice que todos y cada uno
de los derechos deben ser restablecidos, cuando han sido vulnerados o amenazados.

• Prevalencia
La prevalencia es un principio que está consignado en la Constitución Nacional y se constituye en un desarrollo con respecto a los planteado en la Convención, al plantear que en una confrontación de derechos, los de los niños prevalecen sobre
los de los demás miembros de la sociedad.
Establece para el estado y la sociedad la prioridad de los derechos de los niños en
todas sus decisiones, lo que va más allá de la obligación de respetarlos y hacerlos
efectivos. De aplicarse plenamente el principio de la prevalencia, cambiarían las prioridades políticas, económicas y sociales del país, colocando ahora sí, en un primer lugar a la niñez.
Derechos establecido en la Convención
Definición de niño: La Convención define como "niño" a toda persona menor de 18 años.
Preámbulo: En el preámbulo de la Convención se reitera el concepto de que los niños requieren atención y protección especial por ser particularmente vulnerables,
destacando la responsabilidad de la familia en materia de atención primaria y protección. Igualmente se menciona la importancia del respeto a los valores culturales de las comunidades y el papel fundamental de la cooperación internacional cuando se trata de garantizar los derechos de los niños y las niñas. Aplicación de los derechos: Es obligación del Estado adoptar las medidas necesarias para dar efectividad a todos los derechos reconocidos en la Convención.
Respeto de las normas vigentes: En el caso de que una norma establecida por
una ley nacional u otro instrumento internacional vigente en dicho Estado sea más
favorable que la disposición análoga de esta Convención, se aplicará dicha norma
más favorable.
Nombre y nacionalidad: Desde el nacimiento los niños tienen derecho a un nombre, una nacionalidad y, en la medida de lo posible, a conocer a sus padres y
a ser cuidados por ellos.
Minorías: Las niñas y niños de las comunidades minoritarias y poblaciones indígenas tienen derecho a crecer dentro de su propio entorno cultural, a profesar y practicar su propia religión, y a emplear su propio idioma.
Responsabilidad de los padres: Los padres tienen obligaciones comunes en lo que respecta a la crianza y el desarrollo de los niños y las niñas. Es deber del Estado prestarles la asistencia apropiada para el correcto desempeño de sus funciones de crianza..
Separación de los padres: Los niños y las niñas tienen derecho a vivir con sus padres excepto cuando se considere que ello es incompatible con el interés superior del niño. Los niños que estén separados de uno o ambos padres también
tienen derecho a mantener relaciones personales y contacto directo los dos.
Supervivencia y desarrollo: Todos los niños tienen el derecho intrínseco a la vida y el Estado tiene la obligación de garantizarles la supervivencia y el desarrollo.
Calidad de vida: Los niños tienen derecho a un nivel de vida adecuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social. Los padres tienen la responsabilidad primordial de proporcionar condiciones de vida adecuadas. El Estado es responsable de adoptar medidas apropiadas para que dicha responsabilidad pueda ser asumida.
Salud y servicios médicos: Los niños tienen derecho a disfrutar del más alto nivel posible de salud y a tener acceso a servicios médicos y de rehabilitación, con
especial énfasis en aquellos relacionados con la atención primaria de salud, los cuidados preventivos y la disminución de la mortalidad infantil.
Seguridad Social: Todo niño tiene derecho a beneficiarse de la seguridad social. Evaluación periódica de la internación: El niño que ha sido internado por las autoridades competentes para su atención, protección o tratamiento de salud física o mental tiene derecho a una evaluación periódica de todas las circunstancias que motivaron su internación.
Niños con limitaciones: Los niños física o mentalmente impedidos deben gozar del derecho a cuidados especiales, educación y capacitación con el objeto de ayudarlos a disfrutar de una vida plena y decente, en condiciones que aseguren su
dignidad y le permitan llegar a integrarse a la sociedad.
Educación: Las niñas y los niños tienen derecho a la educación y es deber del Estado asegurar que la enseñanza primaria sea gratuita; fomentar el desarrollo de
la enseñanza secundaria y facilitar el acceso a la enseñanza superior. La aplicación de la disciplina escolar deberá respetar la dignidad del niño en cuanto persona humana.
Objetivos de la educación: La educación estará encaminada a desarrollar su personalidad, aptitudes y capacidades hasta el máximo de sus posibilidades, así como al respeto a los Derechos Humanos, a sus padres, a su identidad cultural, a su idioma y a sus valores. Preparará a los niños para asumir una vida responsable
en la que haya respeto a los valores culturales y nacionales tanto propios como de
civilizaciones distintas a la suya.
Esparcimiento, recreación y cultura: Las niñas y niños tienen derecho al esparcimiento, al juego y a participar en actividades artísticas y culturales. Opinión: Los niños y las niñas tienen derecho a expresar su opinión libremente y a que esa opinión sea tenida en cuenta en todos los asuntos que le afecten.
Libertad: El Estado debe respetar el derecho de los niños a la libertad de pensamiento, conciencia y religión, de acuerdo con una orientación adecuada por parte de sus padres. Los niños tienen derecho a asociarse libremente y a vincularse a grupos en donde puedan desarrollar sus capacidades e intereses.
Protección de la intimidad: Los niños tienen derecho a que su espacio vital sea respetado contra cualquier intromisión en su vida privada, su familia, su domicilio, su correspondencia. Los niños tienen derecho a la protección de su honra y reputación.
Acceso a la información: Todo niño tiene derecho a buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de todo tipo, siempre que ello no vaya en menoscabo del derecho de otros. El Estado debe garantizar que los niños tengan acceso a la información y buscará que los medios de comunicación difundan información de interés social y cultural para los niños. Además tomará medidas para protegerles contra todo material perjudicial para su bienestar.
Protección: El Estado debe proteger a los niños contra el maltrato o explotación y creará programas sociales adecuados para la prevención del abuso y el tratamiento de los niños víctimas. El Estado está obligado a brindar protección especial a los niños privados de su medio familiar y debe garantizar que en esos casos se disponga de lugares diseñados para su cuidado.
Adopción: En los países en que se reconozca o permita la adopción, esta se realizará teniendo como consideración primordial el interés superior del niño y se velará porque las adopciones sean legalmente autorizadas garantizando el bienestar del niño con su nueva familia.
Trabajo infantil: Los niños tienen derecho a la protección contra la explotación laboral. El Estado debe garantizar que los niños no tengan que realizar ningún trabajo que ponga en peligro su salud, educación o desarrollo. El Estado fijará una
edad o edades mínimas para trabajar y dispondrá la reglamentación apropiada de
las condiciones de trabajo. En Colombia, al ratificarse el Convenio 138 de la OIT, la edad mínima permitida para trabajar (con protección especial) son los 15 años.
Estupefacientes: Los niños tienen derecho a la protección contra el uso ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas y contra su participación en la producción o distribución de esas sustancias.
Explotación sexual: Los niños tienen derecho a estar protegidos contra la explotación y los abusos sexuales, el ejercicio de la prostitución o la participación en espectáculos y materiales pornográficos.
Venta, tráfico y trata de niños: Es obligación del Estado tomar todas las medidas
necesarias para prevenir la venta, el tráfico y la trata de niños.
Conflictos armados: Ningún niño que no haya cumplido los 15 años de edad deberá participar directamente en hostilidades o ser reclutado por las fuerzas armadas (en Colombia por haber aprobado el Protocolo Facultativo sobre el tema, la edad mínima es de 18 años). Todos los niños afectados por conflictos armados tiene derecho a recibir protección y cuidados especiales.
Los niños refugiados: Los niños refugiados o que traten de obtener el estatuto de refugiado serán objeto de protección especial. Es obligación del Estado cooperar con las organizaciones competentes que brindan tal protección y asistencia.
Recuperación y reintegración social: Es obligación del Estado tomar las medidas apropiadas para que los niños víctimas de la tortura, de conflictos armados, de abandono, de malos tratos o de explotación reciban un tratamiento apropiado, que asegure su recuperación y reintegración social.
Justicia: Los niños acusados o declarados culpables de haber infringido las leyes tiene derecho a que se respeten sus derechos fundamentales y en particular el derecho a beneficiar de todas las garantías de un procedimiento equitativo, incluso
de disponer de asistencia jurídica o de otra asistencia adecuada en la preparación
y presentación de su defensa. Siempre que sea posible se evitarán los procedimientos judiciales y la reclusión en instituciones.
Tortura y privación de la libertad: Los niños no serán sometidos ni a torturas ni a penas crueles. Tampoco serán detenidos o privados de su libertad ilegalmente.
No se impondrá la pena capital ni la cadena perpetua sin posibilidad de excarcelación a menores de 18 años de edad. Los niños privados de su libertad estarán separados de los adultos tendrán derecho a mantener contacto con sus familias y a tener pronto acceso a la asistencia jurídica y otra asistencia adecuada. La salud como un derecho
Visto de una manera integral, el derecho a la salud, no es solo el derecho a ser atendido cuando se enferma, sino el derecho a una vida plena, a tener un crecimiento y desarrollo adecuados, a descubrir y desarrollar al máximo sus potencialidades, a vivir en armonía con la naturaleza y los demás seres humanos, a tener servicios públicos y condiciones de vivienda adecuados, a recibir la nutrición que necesita, a gozar de una familia, a ser escuchado, a no ser maltratado o discriminado, a amar y ser amado. Ubicándose entonces el derecho a la salud en el contexto de la vigencia plena de todos los derechos.
El reconocimiento de los niños como sujetos de derechos, es hoy más un discurso que una realidad, más en un contexto como el nuestro, donde hay realidades sociales y económicas que llevan a que la mayor parte de los niños y sus familias vivan en condiciones de pobreza e inequidad y donde existe una cultura de poco respeto por los derechos de los demás en la que los niños son una propiedad de los adultos y su participación en la vida nacional y local es muy precaria.
En contraste con lo anterior, crece en ciertos sectores de la sociedad, una conciencia de la necesidad de proteger y respetar a los niños, que si bien se ve limitada por la mirada individualista ( cada uno se preocupa por “sus” niños), si reconoce cada vez más a los niños como interlocutores y se preocupa por darles las mejores oportunidades para su desarrollo.
El respeto a los derechos de los niños se debería constituir en todo un programa de acción para un Estado, con influencia en las políticas públicas, la legislación, el presupuesto y las relaciones sociales cotidianas. Sin embargo, en prácticamente todos los países es más importante pagar la deuda con la banca internacional, que
la deuda acumulada con nuestros niños.
Las acciones prioritarias a ejecutar ya se conocen: protección de la maternidad, adecuada nutrición, sistemas de salud preventivos, mejoría de cobertura y calidad de la educación, protección a la primera infancia, protección de los niños frente al conflicto armado, erradicación del trabajo infantil, promoción de los derechos en todos los ámbitos de la sociedad, apertura de espacios de participación, desjudicialización de los problemas, etc. Pero la sociedad y el Estado no se mueven como debieran en ese sentido y los países del tercer mundo están desaprovechando parte de su principal recurso: el recurso humano. En la realidad se ha avanzado en derechos como el de educación y en la protección de fenómenos como el maltrato; se han construido Planes Nacionales de Acción por la Infancia, con muy buenas intenciones pero pocos resultados; se han firmado múltiples acuerdos nacionales e internacionales; se han establecido defensorías y procuradurías para la defensa de los derechos de los niños, entre otras muchas acciones.

En salud hay avances en la disminución de la mortalidad y la desnutrición, el acceso a la seguridad social, la protección de la maternidad, pero estamos muy lejos de garantizar el derecho integral a la salud. Son muy evidentes las inequidades en el respeto a los derechos: Unos tienen acceso a buenas condiciones de vida, adecuada nutrición, recreación, tiempo libre, medicina preventiva, atención calificada, vacunas de alto costo; mientras la mayoría vive en condiciones de pobreza, con problemas en el acceso a nutrición adecuada, agua potable, alcantarillado, educación o recreación; con servicios de salud limitados por planes de atención basados en mínimos que generalmente no se cumplen.
A nivel de las instituciones de salud, se ha avanzado en el respeto a los derechos de los usuarios, pero todavía queda mucho por hacer para que los hospitales y centros de atención sean sitios donde se respeten los derechos de los niños.
Los derechos de los niños son pues un norte, hay mucho por hacer para avanzar hacia su plena vigencia. Un primer paso es que todos los conozcamos, nos emponderemos de ellos y empecemos a construir ya el Mundo Justo para los Niños que se propuso como meta para esta década en la Sesión Especial de Naciones Unidas a Favor de la Infancia del 2002.



BIBLIOGRAFÍA


• Asamblea General de Naciones Unidas. New York. Mayo 2002 Declaración final y Plan de Acción. “Un mundo apropiado para los niños”.
• Asamblea General de Naciones Unidas. Convención Internacional sobre los
Derechos del Niño. 1989.
• Cillero Bruñol, M. Infancia, autonomía y derechos. 2004.
• Cillero Bruñol, M. El Interés Superior del Niño en el Marco de la Convención
Internacional sobre los Derechos del Niño. En: Infancia, Ley y Democracia en
América Latina. García Méndez, E. y Belfo. M. 2ª edición. Ed. Temis. Bogotá.
1999.
• Gobierno Nacional. Constitución Política de Colombia. 1991.
• O’Donell, D. La Convención sobre los derechos del Niño. Estructura y contenido.
2004.
• Senado de la República. Proyecto de Ley 32 de Agosto de 2004: “Ley Estatutaria
de Niñez y Adolescencia”. Sustentación de motivos.
• UNICEF. Manual de Aplicación de la Convención de los Derechos del Niño. Nueva York. 1998.

¿Que es la ciudad? / Diana Jazmin Rozo V

Teniendo en cuenta de que nunca me había puesto a pensar, en preguntas tan lógicas pero tan distantes y sin ningún argumento básico para preguntarme ¿Qué es la ciudad?, teniendo en cuenta que muchas veces pensamos en que las ciudades son "Modernas" o de desarrollo reciente. Pero las ciudades han existido por miles de años y tienen sus raíces en las civilizaciones de Mesopotamia Egipto y China. La palabra en español viene del latín "Civitas", que describe a una alta organización comunal como las Ciudad-Estado de la Antigua Grecia.Aunque, ya sepamos qué es una ciudad, no hay una definición exacta de sus fronteras, de donde comienza y donde termina. En el pasado, los muros delimitaban a la ciudad. En muchas de las ciudades antiguas puedes ver las ruinas de estos muros pero éstos ya no significan nada. ¿Cómo defines una ciudad hoy? ¿Incluyes las áreas circundantes y los suburbios (llamada "región metropolitana") o ¿sólo incluyes el centro de la ciudad? Preguntas como éstas pueden crear inexactitudes y desacuerdos. Por ejemplo: dependiendo de las fronteras o limitantes utilizadas Tokio, Japón, puede tener una población de entre 8 y 40 millones. No importa cómo definas una ciudad, no obstante, existe un acuerdo en cuanto a que las ciudades forman un papel muy importante en nuestras vidas hoy. Después de la Revolución Industrial los centros urbanos han crecido rápidamente, y en los pasados 50 años ha habido una "explosión" en el crecimiento de las ciudades en número y en tamaño - a ésto se le llama "urbanización". Hoy las urbanizaciones más rápidas ocurren en Asia, América Latina y Africa. Las ciudades han sido siempre el centro del crecimiento económico, progreso tecnológico y producción cultural. Pero su rápido crecimiento ha traído consigo cosas negativas: violencia urbana y pobreza, personas sin hogar, sobrepoblación y problemas de salud, contaminación y desperdicios.Las ciudades han tenido un gran impacto en nuestras vidas y en la civilización mundial en general. Se están convirtiendo en algo cada vez más importante mientras crecen en número y tamaño. Para el siglo XXI está estimado se estima que la mitad de la población mundial vivirá en las ciudades.

Bueno este es una pequeña reseña histórica de lo que es ciudad sus orígenes y su significado, según algunas investigaciones realizadas en libros y documentos que halle en la biblioteca de mi casa, me pareció un poco interesante plasmarlo en este escrito.

Ahora después de haberme preguntado e investigado sobre la ciudad y como lo dije anteriormente que hago parte de la ciudad, pero lo que no sabia es que soy portadora de derechos de los cuales nunca me había puesto a pensar en ello, se que soy parte importante de la ciudad porque puedo ayudar a conocer sobre estos derechos que hay, a gestionar y a guiar personas que necesiten saber sobre este tema, pues se por experiencia que también hay personas como yo que no tienen ni idea de todo lo que nos rodea para bien y para mal, por que las leyes amparan a unos y desamparan a otros, tampoco me había puesto a pensar sobre la importancia de luchar por mis derechos hacerlo respetar y acudir a instituciones que de alguna u otra manera nos pueden ayudar en caso de ser vulnerados algunos de nuestros derechos.

El estudio de la ciudad es un tema muy sugestivo y complejo, por su amplitud. Sería erróneo si se piensa que su estudio puede ser abordado por una sola persona humana, o por una disciplina, habida cuenta de la gran acumulación de saberes que sería imprescindible tener para llegar a resultados con rigurosidad científica. Una ciudad se puede estudiar desde distintos enfoques. Según Spengler, desde la Historia (universal y ciudadana); afirma Vidal de la Blache: «la naturaleza prepara el sitio, y el hombre lo organiza de tal manera que satisfaga sus necesidades y deseos»; para E. Pirenne (desde la economía) «en ninguna civilización la vida ciudadana se ha desarrollado con independencia del comercio y la industria»; para Aristóteles, desde la política, «la ciudad es un cierto número de ciudadanos»; desde la óptica de la sociología, para Mundford: «la ciudad es la forma y el símbolo de una relación social integrada»; desde el arte y la arquitectura, Alberti expresa: «la grandeza de la arquitectura está unida a la de la ciudad, y la solidez de las instituciones se puede medir por la solidez de los muros que la cobijan». Estos son algunos de la gran cantidad de enfoques que existen, porque como dijo Walt Whitman, la ciudad es la más importante obra del hombre, lo reúne todo y nada que se relacione con el hombre le es ajeno o indiferente.
Lógicamente, que para abordar el tema que estamos tratando, en primer lugar, habría que definir lo que es una ciudad. Estamos en presencia de la primera dificultad. Se han elaborado tantas definiciones que es imposible tratar de registrarlas a todas. Algunas contradictorias, o con expresiones totalmente diferentes, pero que merecen la misma consideración. Hay que tener presente que las definiciones responden a conceptos diferentes, o a ciudades que constitutivamente lo son. Son diferentes la polis griega con la ciudad medieval; como también lo son una villa cristiana con una medina musulmana, una ciudad templo como Pekín, o la monumental Roma comparada con Nueva York.

Cuando Aristóteles dice «una ciudad es un cierto número de ciudadanos, de modo que debemos considerar a quién hay que llamar ciudadanos y quién es el ciudadano...» «Llamamos, pues, ciudadanos de una ciudad al que tiene la facultad de intervenir en las funciones deliberativa y judicial de la misma, y ciudad en general, al número total de estos ciudadanos que basta para la suficiencia de la vida». Esta definición esta referida al concepto político de la ciudad estado de Grecia. La ciudad estado (el Estado es la ciudad y la ciudad es el Estado).

Para Alfonso X el Sabio la ciudad es «todo aquel lugar que es cerrado de los muros con los arrabales et los edificios que se tiene con ellos». Nótese que como la definición se refiere a una ciudad medieval, está rodeada de muros que la protegen de los peligros y la amenaza exterior. En el siglo XVIII, Richard Cantillon, expresa que: «Si un príncipe o un señor fija su residencia en un lugar grato, y si otros señores acuden allá y se establecen para verse y tratarse en agradable sociedad, este lugar se convertirá en una ciudad». Esta definición se ajusta al concepto de ciudad barroca, de carácter señorial, eminentemente consumidora, donde reinan la riqueza y el lujo. Werner Sombart, sostiene que este fue el origen de las ciudades grandes de Occidente, antes del advenimiento de la revolución industrial y de sus efectos.

Ortega y Gasset dice: «la ciudad es un ensayo de secesión que hace el hombre para vivir fuera y frente al cosmos, tomando de él porciones selectas y acotadas». Su definición se basa en la diferencia entre naturaleza y ciudad, considerando a esta como una creación del hombre abstracta y artificial. Tampoco esta definición se ajusta a todas las ciudades, su aplicación es parcial. Para Ortega, la ciudad por excelencia es la clásica y mediterránea donde encontramos como elemento fundamental la plaza «la urbe -dice- es, ante todo, esto: plazuela, ágora, lugar para la conversación, la disputa, la elocuencia, la política. Es decir, que en realidad, la urbe clásica no debía tener casas, sino sólo fachadas como para cerrar una plaza, escena artificial que el animal político acota e impone sobre el espacio agrícola». Se interpreta que la ciudad clásica nació de un instinto opuesto al doméstico, es decir, se edificó la casa para estar en ella, vivir en ella, pero la ciudad se fundó para salir de la casa y reunirse en otros espacios dentro de la ciudad con otros que también salían de sus casas. Es decir que el conjunto de usos de suelo residencial familiar, con otros usos generan espacios de relación o de reunión en la ciudad.

Ahora bien todos generamos controversia de si pertenecemos o no pertenecemos a la ciudad solo debemos ser humanos y colaborar a quienes necesitan saber sobre si tenemos o no derechos y garantías en nuestra ciudad.

DERECHOS DEL ADULTO MAYOR / IVONNE ELIZABETH GIL SANCHEZ

En la población del adulto mayor, encontramos una población frágil y con mucha necesidades no solo económicas y de salud sino afectivas pues la mayoría es victima de la de la indiferencia del mundo que ayudaron construir por la experiencia en nuestra sociedad dejo de ser una virtud para convertirse en una carga, dado que pasan buena parte de su existencia entre consultorios y medicamentos, claro esta aquellos quienes tiene como acceder a los servicios de salud, pero claro, no se debe dejar atrás, que se ven obligados a hacer filas pues ellos hoy también son victimas no solo de la tramitología sino de una sociedad que solo piensa en el futuro y se olvida su pasado, pues la soledad y el tiempo libre de estos adultos nos hacen pensar, ¿que queremos nosotros que para la Bogotá de mañana? ¿Como imaginamos nuestro envejecer?
Si fuese así estoy segura que no querríamos vivir de la caridad, hoy trabajamos tenemos manos firmes y somos fuertes somos lo que se llamaría un buen elemento de trabajo, pero cuando se acabe, a mi no me gustaría hacer fila para recibir pensión, para recibir medicamentos, o incluso para comer... Yo no espero eso espero estar en una Bogotá que me consienta que me permita salir mas a los parques a jugar tomar el sol y charlas con mis amigas, me gustaría tener trato preferencial que entienda que ya aporte para mañana recibir, una sociedad que me respete, que mire mis canas y de nuevo me salude, me escuche, me respete, pero ante todo me de la oportunidad de seguirle dando a la ciudad que me vio pasar lo mejores momentos de mi vida, por que ser mayor de edad no implica ser inútil, tal vez frágil, pero quien si no un viejo como los llaman para hacer las cosas con mas pasión, con mas entrega.
Me deja saber que hoy somos más conscientes y pensamos más en los demás con BOGOTÁ SIN INDIFERENCIA con el programa de Atención al adulto-con limitación física y/o menta. “…Que busca brindar atención integral a personas adultas con limitación física, mental y cognitiva y a sus familias, a través de procesos de inclusión familiar, productiva y social, para lograr su reconocimiento, la construcción de un proyecto de vida semi-independiente y la disminución de factores de discriminación.
Los adultos y adultas en condición de discapacidad pertenecen, generalmente, a grupos familiares carentes de redes sociales de apoyo y de oportunidades económicas; también se encuentran excluidos socialmente por su condición de extrema pobreza y falta de empleo. Por lo general, también hacen parte de grupos familiares de mujeres cabeza de hogar y de adultos mayores, quienes carecen de recursos para el manejo del adulto discapacitado en el hogar…Podríamos pensar que la política publica no se esta cumpliendo en este derecho a la ciudad quienes las gobierna para que den resultado, o si es por falta de información, que no se acude a estos centros de atención, en estos casos tendría que ser casi personalizada la búsqueda de estas personas sola y desubicadas…”[1]


Eso nos da un aliento par iniciar con el arduo trabajo que desde la alcaldía se inicio pues debo dejar de o pensar en mi para ver que necesitan aquellos que me rodean, pues debo construir un mejor futuro, concientizar por lo menos a alguien como quien lee este texto que debemos dejar la indiferencia a un lado por que es quien n os aparta y limita mas que cualquier otra cosa pues el día en que pensemos en bienestar de la población de hoy construiremos un mejor futuro no solo para mi entorno si no esa ciudad que me vio crecer y lograr todos mis sueños.
[1] http://www.bienestarbogota.gov.co/modulos/contenido/default.asp?idmodulo=144

FORMULACION DE LA CONCERTACION / Olga Patricia Ospina Sierra / LOCALIDAD TUNJUELITO

La concertacion constituye una busqueda de acuerdos nacionales para la gobernabilidad democratica y la trasformacion socialSe considerala concertacion como un area estrategica de la gerencia social, que apunta a democratizar el proceso de formacion de politicas y de esta forma contribuir al locro del desarrollo con democracia y equidad. La concertacion se orienta a alcanzar los objetivos de inclusion social, empoderamiento ciudadano y gobernabilidad democratica.
Ello lo hace mediante el reconocimiento de la pluralidad de actores involucrados en el desarrollo social , la democratizacion de la agenda publica el fortalecimiento del espacio publico y la busqueda de resultados concreto

Componentes del progreso

Las metodologias de la concertacion apuntan a la articulacion adecuada de contextos, actores, agendas,
espacios y resultados, en el proceso que progresivamente van construyendo los acuerdos.
Evidentemente que su mera ampliacion no garantiza el logro de acuerdo.

Elementos


Contexto Se requiere un analisis del entorno para comprender los factores que potencian la necesidad de acuerdos en torno a situaciones particularmente importantes para la comunidad nacional o local donde se ubique
la accion de concertacion.

Agenda

La agenda se define en forma participativa, y se va ajustando a lo largo del proceso de dialogo,debate y deliberacion
\u003c/p\>\n\u003cp align\u003d\"left\"\>\u003cstrong\> y el proceso de concertacion gravita en torno a acuerdos sobre acciones prioritarias de desarrollo.\u003c/strong\>\u003c/p\>\n\u003cp align\u003d\"left\"\>\u003cstrong\>\u003c/strong\> \u003c/p\>\n\u003cp align\u003d\"left\"\>\u003cstrong\>Actores\u003c/strong\>\u003c/p\>\n\u003cp align\u003d\"left\"\>\u003cstrong\>\u003c/strong\> \u003c/p\>\n\u003cp align\u003d\"left\"\>\u003cstrong\>\u003c/strong\> \u003c/p\>\n\u003cp align\u003d\"left\"\>\u003cstrong\>\u003c/strong\> \u003c/p\>\n\u003cp align\u003d\"left\"\>\u003cstrong\>El proceso de concertacion reconoce e involucra a la pluralidad de actores de comun interes mediante la identificacion ce areas de comun interes , la complementaridad de distintas capacidades y la busqueda de \u003c/strong\>\u003c/p\>\n\u003cp align\u003d\"left\"\>\u003cstrong\>coherencia de las acciones de desarrollo\u003c/strong\>\u003c/p\>\n\u003cp align\u003d\"left\"\> \u003c/p\>\n\u003cp align\u003d\"left\"\> \u003c/p\>\n\u003cp align\u003d\"left\"\>\u003cstrong\>\u003c/strong\> \u003c/p\>\n\u003cp align\u003d\"left\"\>\u003cstrong\>La concertacion exige el desarrollo de conocimientos,destreza y habilidades especificas para enfrenta\u003c/strong\>\u003c/p\>\n\u003cp align\u003d\"left\"\>\u003cstrong\>y manejar adecuadamente las complejidades del proceso, y lograr eficazmente acuerdos en la priorización \u003c/strong\>\u003c/p\>\n\u003cp align\u003d\"left\"\>\u003cstrong\>de problemas y en la conceptualizacion de politicas sociales.\u003c/strong\>\u003c/p\>\n\u003cp align\u003d\"left\"\>\u003cstrong\>\u003c/strong\> \u003c/p\>\n\u003cstrong\>Concepto de red\u003c/strong\>\u003cbr\>\n\u003cstrong\>\u003c/strong\> \u003cbr\>\n\u003cstrong\>De manera generica ,podemos decir que una red es la suma de personas, organizaciones sociales\u003c/strong\>\u003cbr\>\n\u003cstrong\>entidades publicas o privadas, que comparten necesidades, conocimientos y recursos, actuan coordinadamente \u003c/strong\>\u003cbr\>\n\u003cstrong\>para alcanzar un objetivo comun.\u003c/strong\>\u003cbr\>\n \u003cbr\>\n \u003cbr\>\u003cbr\>\u003chr\>Invite your mail contacts to join your friends list with Windows Live Spaces. It's easy! \u003ca href\u003d\"http://spaces.live.com/spacesapi.aspx?wx_action\u003dcreate&wx_url\u003d/friends.aspx&mkt\u003den-us\" target\u003d\"_blank\" onclick\u003d\"return top.js.OpenExtLink(window,event,this)\"\>Try it!\u003c/a\>\u003c/div\>\n",0]
);
//-->
ciudadana.Los problemas agendados y sus posibles soluciones son el primer resultado del dialogo
y el proceso de concertacion gravita en torno a acuerdos sobre acciones prioritarias de desarrollo.

Actores



El proceso de concertacion reconoce e involucra a la pluralidad de actores de comun interes mediante la identificacion ce areas de comun interes , la complementaridad de distintas capacidades y la busqueda de
coherencia de las acciones de desarrollo



La concertacion exige el desarrollo de conocimientos,destreza y habilidades especificas para enfrenta
y manejar adecuadamente las complejidades del proceso, y lograr eficazmente acuerdos en la priorización
de problemas y en la conceptualizacion de politicas sociales.

Concepto de red De manera generica ,podemos decir que una red es la suma de personas, organizaciones socialesentidades publicas o privadas, que comparten necesidades, conocimientos y recursos, actuan coordinadamente para alcanzar un objetivo comun.